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Carta Porte 3.1 para distribuidoras con reparto propio
Cuándo una distribuidora debe emitir Carta Porte 3.1 con su flotilla: traslado vs ingreso, excepciones (zona local y C2), datos que pide y cómo integrarla.
Equipo Tecsolt

Una distribuidora que reparte su propia mercancía con vehículos propios y transita por carreteras federales debe emitir un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte 3.1 antes de cada viaje. No está obligada a incorporar el complemento cuando el reparto es local, sin pasar por tramos federales, o cuando usa vehículos que no exceden un camión tipo C2 y el tramo federal no supera un radio de 30 km (reglas 2.7.7.2.1 y 2.7.7.2.8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026); en esos casos el traslado se ampara con un CFDI de tipo traslado sin complemento. Si el flete lo hace un transportista contratado, la Carta Porte la emite él, como CFDI de ingreso.
La Carta Porte genera dudas en distribución porque mezcla temas fiscales con temas de logística: quién es dueño de la mercancía, qué carreteras se usan, qué vehículo sale y quién maneja. En esta guía te explicamos cuándo es obligatoria para una distribuidora o empresa con reparto propio, qué tipo de CFDI te toca, qué datos pide y cómo integrarla a tu ERP para que no dependa de capturas manuales antes de cada salida.
¿Qué es la Carta Porte y qué versión está vigente?
Definición rápida: el complemento Carta Porte es un conjunto de datos que se agrega a un CFDI de tipo traslado o de tipo ingreso para acreditar la legal tenencia y estancia de bienes o mercancías durante su transporte en territorio nacional: qué se mueve, de dónde a dónde, en qué vehículo y quién lo conduce.
Según la página oficial del complemento Carta Porte del SAT, la versión 3.1 se publicó el 17 de junio de 2024 y se debe usar desde el 17 de julio de 2024. A octubre de 2026 sigue siendo la versión vigente; los catálogos del complemento tienen su última actualización del 13 de diciembre de 2024. En esa misma página están el estándar, la matriz de errores, los instructivos de llenado por tipo de transporte y las preguntas frecuentes, que son la base de este artículo.
Un aviso importante: las preguntas frecuentes de Carta Porte 3.1 fundamentan sus respuestas en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024. Lo contrastamos con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (DOF del 28 de diciembre de 2025): las reglas de la sección 2.7.7 que citamos conservan su número y su contenido, y las dos resoluciones de modificaciones publicadas en 2026 (9 de julio y 1 de octubre) no las cambiaron. Aun así, revisa tu caso con tu contador.
¿Cuándo es obligatoria la Carta Porte para una distribuidora?
Las reglas 2.7.7.1.1 y 2.7.7.1.2 de la RMF 2026, y las preguntas frecuentes del SAT, distinguen dos casos de obligación:
- Quien presta el servicio de transporte con vehículos propios, arrendados o en posesión y cobra por ese servicio emite un CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte.
- Quien es dueño o poseedor de los vehículos y de la mercancía que transporta, y no cobra por el traslado, emite un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte.
Una distribuidora con flotilla propia cae casi siempre en el segundo caso. El SAT lo confirma en un supuesto muy parecido: si trasladas mercancía de tu propiedad con flotilla propia entre plantas, debes emitir un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte.
¿Cuándo no es obligatoria?
Según las reglas 2.7.7.2.1 y 2.7.7.2.8 de la RMF 2026 y las preguntas frecuentes del SAT, no estás obligado a incorporar el complemento cuando (en los dos primeros supuestos, el traslado se ampara con un CFDI de tipo traslado sin complemento):
| Supuesto | ¿Carta Porte? |
|---|---|
| Reparto local: dentro de una localidad, un estado o entre estados, sin transitar por carreteras federales | No |
| Vehículos que no exceden los pesos y dimensiones de un camión C2 (NOM-012-SCT-2-2017) y el tramo federal no supera un radio de 30 km entre el origen y el destino final, incluidos los puntos intermedios | No |
| Traslado en motocicleta o motocarro (pregunta 58 de las preguntas frecuentes) | No |
| Traslado de tarimas, cajas, charolas o contenedores vacíos, o el vehículo que regresa vacío (salvo embalajes de materiales peligrosos) | No |
| Ruta que usa carretera federal con vehículo mayor a C2, o con cualquier vehículo más allá del radio de 30 km de tramo federal | Sí |
Excepciones a las excepciones: según la RMF 2026, las facilidades de zona local y de vehículos C2 no aplican al traslado de medicamentos, ni al de mercancías destinadas a despacho aduanero en comercio exterior, ni a los transportistas extranjeros de la regla 2.7.7.1.5; y quien traslada hidrocarburos o petrolíferos con medios propios debe emitir Carta Porte aunque no pase por tramos federales (regla 2.7.7.2.4). Si distribuyes medicamentos, la Carta Porte aplica aunque el reparto sea local.
Para saber si una carretera es federal, el SAT remite a la clasificación de carreteras publicada por la SICT y a sus mapas oficiales. En la práctica, conviene revisar ruta por ruta y documentar el resultado en el sistema, en lugar de decidirlo cada mañana.
¿Carta Porte de traslado o de ingreso?
| CFDI de traslado (T) con Carta Porte | CFDI de ingreso (I) con Carta Porte | |
|---|---|---|
| ¿Quién la emite? | El dueño de la mercancía que la mueve con sus propios medios | El transportista que cobra el flete |
| Caso típico en distribución | Reparto con flotilla propia, traspasos entre almacenes o sucursales | Fletera o línea de transporte contratada |
| Total del CFDI | Cero, con moneda XXX | El precio del flete, con IVA y, si el cliente es persona moral, la retención de IVA de 4% |
| Receptor | El mismo RFC del emisor | El cliente que contrata el flete |
| Uso de CFDI | S01 (Sin efectos fiscales) | El que corresponda al cliente |
| Conceptos | Las mercancías trasladadas; su ClaveProdServ debe coincidir con la clave de BienesTransp del complemento | El servicio de transporte |
Así lo describe el instructivo de llenado de Carta Porte 3.1 para autotransporte. Ojo: el CFDI de traslado no sustituye la factura de venta. Si vendes y entregas, la factura de ingreso por la venta se emite como siempre, y si es a crédito, después vendrán sus complementos de pago (REP).
¿Y si contrato a un transportista?
Por regla general, el transportista emite el CFDI de ingreso con Carta Porte por su servicio, y tu distribuidora no emite un CFDI de traslado por esa carga. Hay excepciones: en el transporte dedicado (unidades asignadas solo a tu empresa), el transportista factura sin complemento y eres tú quien emite el CFDI de traslado con Carta Porte por cada viaje (regla 2.7.7.1.3), y las paqueterías siguen su propio esquema (regla 2.7.7.2.2). Lo que siempre te toca, según la regla 2.7.7.1.1, es entregarle información exacta: claves de producto, pesos, cantidades, domicilios de origen y destino y, si aplica, datos de material peligroso. Si tu sistema ya tiene esos datos, puedes enviárselos en un archivo o por API en lugar de dictarlos por teléfono.
¿Qué datos pide la Carta Porte 3.1 para autotransporte?
El complemento tiene cuatro bloques. Esto es lo que normalmente necesita una distribuidora con reparto propio:
| Bloque | Datos principales | ¿De dónde salen en tu operación? |
|---|---|---|
| Generales | IdCCP (folio de la Carta Porte, generado por el sistema), TranspInternac (No), TotalDistRec | Sistema de facturación y planeación de rutas |
| Ubicaciones | Origen y destinos: RFC del remitente o destinatario, fecha y hora de salida o llegada, domicilio, distancia recorrida | Almacenes, clientes y ruta |
| Mercancías | Clave de bienes transportados (BienesTransp), descripción, cantidad, clave de unidad, peso en kg, si es material peligroso, peso bruto total y número total de mercancías | Catálogo de productos y pedido surtido |
| Autotransporte | Tipo de permiso SICT y número, configuración vehicular, peso bruto vehicular, placa, año modelo, aseguradora y póliza de responsabilidad civil | Catálogo de vehículos y pólizas |
| Figura de transporte | Tipo de figura (operador, propietario, arrendador), RFC y número de licencia del operador | Catálogo de choferes |
Algunos detalles del instructivo que generan rechazos o dudas:
- Permiso SICT. El catálogo incluye la clave TPAF02 (Transporte privado de carga). Si no tienes permiso federal porque no lo requieres o tienes uno local o estatal, el instructivo indica usar la clave TPXX00 y registrar el número local o la leyenda “Permiso no contemplado en el catálogo”.
- Configuración vehicular. Las camionetas de carga de 2 ejes y 4 llantas usan la clave VL (vehículo ligero de carga); el camión unitario es C2.
- Peso bruto vehicular se expresa en toneladas; el peso de la mercancía, en kilogramos.
- IdCCP debe generarlo automáticamente el sistema que emite el CFDI, porque forma parte de la cadena original que sellas.
¿Puedo cubrir una ruta con varias entregas?
El complemento permite registrar un origen, puntos intermedios y el destino final. Las preguntas frecuentes del SAT señalan que se puede usar así cuando el traslado corresponde al mismo cliente y a un solo medio de transporte, y que si en un mismo viaje van mercancías de distintos clientes se emite un CFDI por cada uno. Cómo se aplica ese criterio a un CFDI de traslado de mercancía propia con varias paradas es algo que conviene definir con tu contador antes de configurar el sistema, porque cambia cuántos comprobantes emites por ruta.
¿Qué pasa si cambia el viaje o hay un error?
- Cambios de datos. Si la información del complemento cambia (otro vehículo, otro destino, un accidente o un robo), el SAT indica emitir un nuevo CFDI con los datos correctos, relacionarlo con el original con la clave 04 (Sustitución de los CFDI previos) y cancelar el incorrecto. Te lo explicamos en cómo cancelar un CFDI 4.0.
- Representación impresa. Puede ser un PDF en el celular del operador o en papel.
- Sanciones. Las preguntas frecuentes describen multas por cada comprobante emitido sin el complemento cuando era obligatorio y por no expedir o no acompañar la documentación de la mercancía en transporte; los montos se actualizan cada año en el Anexo 5 de la RMF. Además, si no se acompaña la Carta Porte, la autoridad puede iniciar procedimientos para determinar si hay contrabando.
Algunos rechazos de timbrado de Carta Porte no vienen del complemento, sino del CFDI: régimen, código postal o nombre del receptor. Repasamos los más comunes en errores comunes al timbrar CFDI 4.0.
¿Cómo integrar la Carta Porte a tu ERP?
El error más caro es tratar la Carta Porte como un trámite que alguien captura en el portal del PAC antes de que salga el camión. Con 20 o 30 salidas al día, eso se vuelve un cuello de botella y una fuente de errores. Casi todos los datos ya existen en tu operación; el trabajo está en tenerlos limpios y conectados:
- Catálogo de productos con datos de transporte: clave de bienes transportados, clave de unidad, peso unitario en kg y bandera de material peligroso. Si el peso no está en el catálogo, nadie lo va a calcular bien a las 6 de la mañana.
- Catálogo de vehículos: placa, año, configuración (VL, C2, C3…), peso bruto vehicular, permiso y póliza de seguro con vigencia.
- Catálogo de operadores: RFC y licencia, con alertas de vencimiento.
- Rutas clasificadas: cada ruta marcada como local, federal dentro del radio de 30 km o federal fuera de él, para que el sistema decida si la Carta Porte aplica según el vehículo asignado.
- Generación automática al cerrar la carga: cuando el almacén confirma qué pedidos subieron a qué vehículo, el sistema arma el CFDI de traslado con mercancías, pesos y ubicaciones, lo timbra con tu PAC y manda el PDF al celular del operador.
- Sustitución guiada: si cambia el vehículo o se cae una entrega, el sistema genera el CFDI sustituto relacionado y la cancelación del original.
Este flujo depende de que el inventario y el surtido estén bien resueltos, porque la Carta Porte se arma con lo que realmente sube al camión. Lo explicamos en cómo controlar inventario multi-almacén en una distribuidora. Y si tus vendedores o repartidores trabajan en campo, una app móvil puede mostrar la Carta Porte al operador y registrar las entregas.
Si hoy facturas en un sistema comercial y operas rutas en otro, la Carta Porte es un buen ejemplo de por qué conviene centralizar operaciones en un ERP web o, al menos, conectar los sistemas mediante integraciones por API.
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Preguntas frecuentes
¿Qué versión de Carta Porte está vigente?
La versión 3.1 del complemento Carta Porte. El SAT la publicó el 17 de junio de 2024 y es la que se debe usar desde el 17 de julio de 2024. A octubre de 2026, la página oficial del complemento en el portal del SAT sigue mostrando la 3.1 como versión vigente.
¿Una distribuidora que reparte con sus camiones necesita Carta Porte?
Sí, cuando traslada su propia mercancía con sus propios vehículos por tramos federales. En ese caso emite un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte. Las excepciones (reglas 2.7.7.2.1 y 2.7.7.2.8 de la RMF 2026) son el traslado local, sin pasar por tramos de jurisdicción federal, y los vehículos que no exceden los pesos y dimensiones de un camión C2 cuando el tramo federal no supera un radio de 30 km. En esos casos el traslado se puede amparar con un CFDI de tipo traslado sin el complemento.
¿Cuál es la diferencia entre Carta Porte de traslado y de ingreso?
La de traslado (tipo T) la emite el dueño de la mercancía que la mueve con sus propios vehículos y no cobra por el flete; lleva total en cero y el mismo RFC como emisor y receptor. La de ingreso (tipo I) la emite el transportista que cobra por el servicio de transporte y desglosa los impuestos del flete.
¿Necesito Carta Porte si reparto en camioneta dentro de la ciudad?
Según la regla 2.7.7.2.1 de la RMF 2026 y las preguntas frecuentes del SAT, el traslado local, sin transitar por tramos de jurisdicción federal, no obliga a emitir el complemento Carta Porte; basta un CFDI de tipo traslado sin complemento. Tampoco obliga el uso de vehículos que no excedan los pesos y dimensiones de un camión C2 si el tramo federal no supera un radio de 30 km entre origen y destino final (regla 2.7.7.2.8). Estas facilidades no aplican al traslado de medicamentos. Verifica tus rutas reales, porque basta un tramo federal fuera de esos límites para que aplique.
¿Si contrato una paquetería o transportista, quién emite la Carta Porte?
Por regla general, el transportista: quien presta el servicio de transporte a cambio de un pago emite el CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte, y tu distribuidora debe darle con exactitud los datos de la carga (regla 2.7.7.1.1 de la RMF 2026). Hay casos especiales: las paqueterías pueden facturar sin complemento y emitir Carta Porte de traslado por los tramos intermedios (regla 2.7.7.2.2), y en el transporte dedicado es el cliente quien emite el CFDI de traslado con Carta Porte (regla 2.7.7.1.3).
¿Qué pasa si el chofer no lleva la Carta Porte?
El SAT señala que, si no se acompaña la representación impresa o digital del CFDI con complemento Carta Porte, la autoridad puede iniciar procedimientos para determinar si hay contrabando o incumplimiento en la expedición de comprobantes, además de multas por comprobante. La representación puede ser un PDF en el celular del operador.
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